26/03/26

Nueva decepción para quienes más arriesgan en el día a día: la tropa y la marinería.

Es espeluznante continuar leyendo noticias en las que los responsables del Ministerio de Defensa español humillan a la escala básica de tropa y marinería española 

El Ministerio de Defensa, dirigido por Margarita Robles, informó el 25 de marzo de 2026 en el pleno del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas (COPERFAS) que ha iniciado los trámites ante el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para reconocer la carrera militar como “profesión de riesgo”.

Sin embargo, esta declaración solo afectará a los militares integrados en el Régimen General de la Seguridad Social, es decir, a quienes ingresaron a partir del 1 de enero de 2011. Quedan excluidos los militares del Régimen de Clases Pasivas (los que ingresaron antes de esa fecha), que representan aproximadamente la mitad de los efectivos totales de las Fuerzas Armadas.

Las asociaciones profesionales ASFASPRO, AUME y UMT (las más representativas y que agrupan a oficiales, suboficiales y tropa/marinería) han reaccionado con dureza:  
- Denuncian que se trata de un reconocimiento parcial y discriminatorio.  
- Exigen la modificación del Real Decreto 402/2025 (que regula los coeficientes reductores de jubilación) para que las asociaciones militares tengan legitimación activa y puedan participar plenamente en el proceso.  
- Para los excluidos (Clases Pasivas) piden medidas compensatorias inmediatas: pasarela legal para cambiar de régimen, incremento de los haberes reguladores, pase voluntario a la reserva a los 58 años (oficiales y suboficiales) y ascenso en la reserva.  

En la misma reunión se anunció un pequeño incremento del Componente Singular del Complemento Específico (CSCE):  
- +40 € brutos/mes para los niveles 1 al 18 (básicamente tropa y marinería y empleos iniciales).  
- Cantidades menores en niveles superiores.  

Las tres asociaciones y miles de militares lo califican de “claramente escaso” y exigen una verdadera equiparación salarial con otros cuerpos de seguridad del Estado.

Qué significa “profesión de riesgo”
Esta calificación (ya aplicada a bomberos, mineros, artistas, toreros, etc.) permite:  
- Aplicar "coeficientes reductores" en la edad de jubilación (anticiparla sin penalización en la pensión).  
- Mayor cotización por año trabajado.  
- Mejor protección y prestaciones en caso de lesiones, incapacidad o enfermedades profesionales.  
- Mayor énfasis en prevención y seguridad laboral.  

El reconocimiento militar se lleva reclamando años y se justifica por la exposición real a riesgo (misiones en Irak, Líbano, etc., disponibilidad permanente, etc.). Sin embargo, según las asociaciones informan, el trámite actual tardará años en materializarse (se habla de hasta 30 años para que sea efectivo pleno) y, además, discrimina por fecha de ingreso.

Visión sobre el perjuicio específico para las escalas básicas de tropa y marinería.

Las escalas básicas (tropa y marinería) son las que más van a salir perjudicadas por esta medida, y lo harán de forma especialmente grave por las siguientes razones:

1. Discriminación por fecha de ingreso en una profesión idéntica.
   Un soldado o marinero que entró en 2010 (Clases Pasivas) y uno que entró en 2012 (Seguridad Social) realizan exactamente las mismas misiones, corren los mismos riesgos físicos y operativos y tienen la misma disponibilidad 24/7. Sin embargo, el primero "quedará excluido de los coeficientes reductores de jubilación y de las mejoras en pensiones". Las asociaciones lo resumen perfectamente: “En Irak, Líbano, Turquía o en cualquier otra misión corre el mismo riesgo el militar de Seguridad Social que el de Clases Pasivas”.

2. Impacto directo en las pensiones de los más veteranos de tropa.
   Muchos miembros de tropa y marinería que llevan más de 15-20 años de servicio (los que entraron antes de 2011) son precisamente los que acumulan mayor desgaste físico. Al no poder acceder a jubilación anticipada ni a la mayor cotización, sus pensiones serán "notablemente inferiores" a las de sus compañeros más jóvenes que hacen el mismo trabajo. Esto supone una pérdida económica de miles de euros a lo largo de la jubilación y un trato desigual injustificable.

3. Efecto desmotivador y en la retención de personal.  
   La tropa y marinería ya sufre problemas crónicos de retención y reclutamiento. Ver que funcionarios del Ministerio reconocen el riesgo de la profesión… pero solo para la mitad de los compañeros, esto genera, frustración y sensación de abandono. Los veteranos de tropa (que suelen ser los más experimentados y los que forman a los nuevos) se sentirán devaluados. Esto puede acelerar salidas voluntarias o desmotivación en los que se quedan.

4. El “regalo” salarial es simbólico y ridículo. 
   Los 40 € brutos para niveles 1-18 (justamente tropa y marinería) no compensan nada. Es una cantidad ínfima comparada con el coste de vida, la inflación y el desgaste real de la profesión. Las asociaciones lo tildan de “escaso” y exigen equiparación real con policías y guardias civiles.

5. Consecuencia a largo plazo en el reclutamiento. 
   Si se consolida la imagen de que “la mitad de los militares no valen lo mismo”, será aún más difícil atraer jóvenes a las escalas básicas, que ya son las más afectadas por la temporalidad y las bajas condiciones.
Dada la pereza de los responsables del Ministerio de Defensa la medida es un paso (histórico después de décadas de reclamaciones), pero parcial, discriminatorio y tardío. Para las escalas básicas de tropa y marinería supone un perjuicio claro: se les niega el reconocimiento pleno del riesgo que sí se concede a sus compañeros más jóvenes, se les deja con pensiones peores y como al resto de la escala se les da una subida salarial irrisoria e insultante. Crea cuatro categorías de militares que hacen exactamente el mismo trabajo peligroso, lo que genera desigualdad, desmotivación y un agravio comparativo difícil de justificar.  

A pesar de que sea un colectivo muy desunido, las asociaciones como ASFASPRO, AUME y UMT han dejado claro que seguirán presionando para que el reconocimiento sea "integral, para todos y sin complejos", porque “es la misma profesión y debe recibir el mismo trato”. De lo contrario, esta “salva a 30 años vista” puede convertirse en una nueva decepción para quienes más arriesgan en el día a día: la tropa y la marinería.

🇪🇸 #SoldadosAbandonados 🇪🇦 
🇪🇦 PLATAFORMA DE FAMILIARES Y AMIGOS DE LOS MILITARES ESPAÑOLES 🇪🇦











06/03/26

QUEJA DE LAS FAMILIAS DE MILITARES ESPAÑOLES CONTRA EL GOBIERNO DE ESPAÑA Y SU MINISTERIO DE DEFENSA, DIRIGIDA AL DEFENSOR DEL PUEBLO Y LAS ASOCIACIONES MILITARES ESPAÑOLAS PARA SU TRAMITACIÓN

QUEJA DE LAS FAMILIAS DE Soldados Abandonados CONTRA EL GOBIERNO DE ESPAÑA Y SU MINISTERIO DE DEFENSA, DIRIGIDA AL DEFENSOR DEL PUEBLO Y LAS ASOCIACIONES MILITARES ESPAÑOLAS

Asunto: Situación del personal de tropa y marinería: cese/fin forzoso e involuntario del compromiso a los 45 años, temporalidad estructural, precariedad e insuficiente reconocimiento del riesgo profesional.  

Fecha: 6 de marzo de 2026  
Destinatarios: Defensor del Pueblo y asociaciones profesionales de militares.
1) OBJETO
Mediante el presente escrito las familias de los Soldados Abandonados Españoles ponen en conocimiento del Defensor del Pueblo una problemática que se considera estructural y recurrente: el diseño y aplicación del régimen de compromisos del personal de tropa y marinería conduce, en numerosos casos, al fin del compromiso de larga duración al cumplir 45 años, generando una situación asimilable a un “despido por edad” (desvinculación forzosa e involuntario), con consecuencias personales, familiares y sociales graves, pese a tratarse de personal que ha prestado servicio público durante más de 20 años en muchos casos y ha asumido exigencias de servicio, disponibilidad, movilidad y riesgo.

Se solicita la intervención del Defensor del Pueblo en el marco de sus competencias respecto de la Administración Militar.

2) HECHOS QUE SE DENUNCIAN (ENFOQUE EN EL CESE A LOS 45 AÑOS)

1. Temporalidad estructural y carrera “de caducidad”: Involuntariamente gran parte del personal de tropa y marinería queda vinculado mediante compromisos temporales. Para quienes alcanzan el compromiso de larga duración, se denuncia que la continuidad efectiva en las Fuerzas Armadas no está garantizada hasta una edad de retiro ordinaria, sino que se produce involuntariamente la finalización inconstitucional del compromiso por edad.

2. Finalización del compromiso de larga duración al cumplir 45 años: se denuncia como núcleo del problema que el modelo normativo establece que el compromiso de larga duración finaliza a los 45 años (salvo vías alternativas limitadas como el acceso a una relación más estable/permanente o medidas de transición). Esta previsión se encuentra recogida en la Ley 8/2006, de Tropa y Marinería, citándose habitualmente el artículo 10.1. 

3. Impacto agravado por la reinserción laboral: a los 45 años, tras una carrera militar (frecuentemente especializada pero difícil de “traducir” al mercado civil), la reinserción resulta especialmente compleja, con riesgo de pérdida de ingresos, precariedad y exclusión laboral.

4. Medidas de “desvinculación” insuficientes: se denuncia que la respuesta institucional se articula a través de mecanismos de transición (p. ej., guías/programas de desvinculación), que no equivalen a una estabilidad real ni compensan adecuadamente el efecto del cese por edad. 

3) MARCO NORMATIVO (REFERENCIAS PRINCIPALES)

A efectos de fundamentación, se invocan —sin perjuicio de ampliación posterior— las siguientes normas y principios:

3.1. Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo  

• Reconoce expresamente que el Defensor del Pueblo vela por los derechos del Título I de la Constitución también en el ámbito de la Administración Militar, sin interferir en el mando. 

• Establece requisitos y plazo general para presentar quejas (en términos generales, hasta un año desde el conocimiento de los hechos), lo que se tendrá en cuenta para acotar los hechos denunciados. (https://www.boe.es/eli/es/lo/1981/04/06/3?utm_source=openai)

3.2. Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería  

• Se cita como elemento central la previsión legal de finalización del compromiso de larga duración al cumplir 45 años, que genera el problema principal aquí planteado. 

3.3. Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar  

• Se invoca por su conexión con el régimen profesional y de carrera del personal militar y su remisión/interrelación con el régimen de tropa y marinería. 

3.4. Normativa y procedimientos de queja ante el Defensor del Pueblo  

• Se deja constancia de la posibilidad de presentar queja por internet, correo postal o presencialmente, y de que dicha queja no suspende plazos de recursos administrativos/judiciales. 

4) DERECHOS E INTERESES AFECTADOS (EN TÉRMINOS MATERIALES)

Sin entrar en litigiosidad concreta (que puede estar en vía judicial en casos individuales), se denuncia una afectación material a:

• Estabilidad y previsibilidad de la carrera profesional en un servicio público esencial.

• Igualdad material de trato respecto a otros servidores públicos, en cuanto a estabilidad, pasarelas profesionales y protección ante ceses no vinculados a capacidad/aptitud sino a edad.

• Protección social y laboral efectiva tras años de servicio y disponibilidad.

• Dignidad profesional y reconocimiento institucional del carácter exigente y potencialmente peligroso del servicio (en operaciones y en el trabajo diario).

5) PROFESIÓN DE RIESGO (CONTEXTO QUE AGRAVA EL CESE A LOS 45)

Se denuncia como especialmente contradictorio que se produzca una desvinculación forzosa por edad en una profesión con exposición habitual a riesgos, entre ellos:

• Manejo de armas, munición y prácticas de tiro.

• Empleo de explosivos o material con potencial lesivo.

• Uso de vehículos y maquinaria pesada, herramientas peligrosas, trabajos en altura, condiciones extremas.

• Maniobras y ejercicios tácticos con riesgo inherente de accidente.

• En misiones internacionales, exposición a amenazas y estrés operacional.

Esta realidad refuerza la necesidad de (i) carrera previsible y (ii) transición garantizada y digna si existe cese.

6) TESTIMONIOS (ANONIMIZADOS) Y CASOS TIPO (PARA ANEXO)

A continuación se proponen modelos de testimonio; puedes sustituirlos por relatos reales (recomendable: fechas aproximadas, destino genérico, especialidad, impacto económico), evitando datos sensibles:

Testimonio 1 (caso tipo: Infantería / Brigada):  
> “Ingresé con 19 años. Tras años de maniobras, guardias y despliegues, al acercarme a los 45 mi continuidad quedó limitada por la norma. He recibido formación militar muy específica, pero en el mercado civil se exige experiencia ‘civil’ o acreditaciones que no siempre se convalidan. El resultado es incertidumbre real para mi familia.”

Testimonio 2 (caso tipo: Armada / dotación y seguridad):  
> “He trabajado con armamento, embarques y ejercicios continuos. El régimen de compromiso me impide planificar una vida estable. La salida forzosa a los 45 años supone empezar de cero, con responsabilidades familiares y sin una pasarela garantizada equivalente.”

Testimonio 3 (caso tipo: Mantenimiento / especialista):  
> “Mi trabajo incluye herramientas pesadas, riesgo eléctrico/mecánico y horarios y turnos exigentes. El fin del compromiso por edad no valora la experiencia acumulada. Me preocupa perder ingresos y caer en precariedad social.”

Casos tipo adicionales (para completar):  
• Soldado con lesiones/limitaciones sobrevenidas y dificultad para reubicación.  
• Militar con movilidad geográfica continuada y coste de vivienda elevado.  
• Militar con larga experiencia operativa sin acceso suficiente a plazas de permanencia.

7) SOLICITUDES CONCRETAS AL DEFENSOR DEL PUEBLO

Las familias de militares solicitan:

1. Admitir a trámite la presente queja/informe y abrir actuaciones ante el Ministerio de Defensa para recabar información sobre:  
• número de afectados por finalización involuntaria y forzoza del compromiso a los 45 años;  
• criterios de acceso a relaciones más estables/permanentes tras 20 años de servicio;  
• eficacia real de los programas de apoyo a la desvinculación voluntaria;  
• impacto socioeconómico y territorial de los militares cesados involuntariamente (empleo, paro, vulnerabilidad).

2. Emitir recomendaciones al Ministerio de Defensa y, en su caso, a las Cortes Generales para:  
• revisar el modelo de vinculación que desemboca en la finalización forzosa e involuntaria por edad;  
• reforzar vías de estabilidad de la carrera militar (plazas permanentes y/o alternativas realistas);  
• garantizar pasarelas de acreditación/certificación profesional y empleabilidad real para los ceses voluntarios.

3. Evaluar si el diseño actual produce un efecto contrario a principios de igualdad material, estabilidad en el empleo público y protección suficiente tras muchos años de servicio.



“Que mediante el presente escrito ponemos en conocimiento del Defensor del Pueblo la situación del personal militar de tropa y marinería sometido a un régimen prolongado artificialmente de "empleo temporal" que, concluye involuntariamente al cumplir 45 años de edad conforme a la inconstitucional normativa aplicable, con la consiguiente desvinculación del servicio activo salvo acceso a vías alternativas muy limitadas limitadas. Esta configuración produce un perjuicio objetivo: tras años de servicio, formación y disponibilidad, el interesado puede verse forzado a abandonar la institución en una edad de difícil reinserción laboral, con afectación grave a su estabilidad económica y familiar. Se solicita la apertura de actuaciones para evaluar el impacto real de esta situación y promover las recomendaciones oportunas ante el Ministerio de Defensa y, en su caso, ante el legislador.”

Plataforma de familias de #SoldadosAbandonados 

05/03/26

España no está preparada para una agresión Sus #soldados están demasiado preocupados por buscar trabajo para alimentar a sus familias y pagar sus facturas.

Continúan los despidos de Militares de TM con de 45 años


Los despidos del personal eventual de la Fuerzas Armadas a los 45 años son "discriminatorios" frente a otros empleados públicos sin limitación de edad en el ejercicio profesional.

Entre 2011 y 2023 fallecieron 203 militares en acto de servicio y entre los años 2011 y 2022, se produjeron 26.993 accidentes de carácter militar con 27.511 afectados.

Por ello, alegan que “a pesar de ser la única profesión que exige a sus miembros la entrega de su vida cuando fuera necesario en defensa de la nación y de sus ciudadanos”, todavía no es considerada profesión de riesgo, un estatus que sí se ha otorgado a otros profesionales.

En entre estos profesionales destacan al personal incluido en el Estatuto Minero y en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar, personal de vuelo de trabajos aéreos, trabajadores ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos, miembros de la Ertzaintza, de los Mossos d'Esquadra, de la Policía Foral de Navarra o de las policías locales.



En la misma línea recuerdan que recientemente el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó una proposición no de ley para que le sea reconocido tal condición a los miembros de la Policía Nacional y la Guardia Civil, los agentes forestales y medioambientales y a los bomberos forestales, con coeficientes reductores para el pase a la situación de jubilación o retiro.

Los militares instan a los parlamentarios a considerar profesión de riesgo la militar por las características de las funciones y misiones que realizan, como pueden ser actuaciones ante desastres naturales, manejo y uso de explosivos y armamento, realización de maniobras con fuego real, servicios de seguridad, formar parte de tripulaciones de aviones, buques y submarinos o realizar misiones de interposición en zonas de combate.

Debemos tener en cuenta que nuestros militares de TM necesitan tu ayuda.
El Art 8.2 de la Constitución Española dice que “Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a la Constitución Española”. Sin embargo el Gobierno de España ha creado DOS Leyes discriminatorias (no orgánicas) la Ley 8/2006 y la Ley 39/2007. Y que no respetan los principios de igualdad de la Constitución Española ya que una de las DOS leyes viola claramente los derechos de los militares que están sometidos a ella. Reenvía este mensaje en tus redes sociales para dar visibilidad a la barbaridad que comete el Gobierno de España y que ocasionará el despido de 70.000 soldados Españoles. 
#SoldadosAbandonados
treintaceroseis.blogspot.com

#SoldadosAbandonados

treintaceroseis.blogspot.com

02 SEP 2024
MGN/mjg


22/02/26

Otro sacrificio olvidado

Otro sacrificio olvidado.
La Movilización Militar Española en "Saber Guardian 25": Un Sacrificio Olvidado
Recientemente, los Legionarios Españoles y otras unidades del ejército fueron desplegados en el ejercicio "Saber Guardian 25" en Camp Wolf, Hungría". Esta maniobra militar, que reunió a alrededor de 1.400 efectivos, muestra la importancia del ejército español en las operaciones internacionales y la cooperación con otros aliados de la OTAN . Sin embargo, tras el brillo del deber militar, subyace una problemática que requiere atención: la situación laboral de los militares de tropa y marinería en España.

Un Despliegue Estratégico de una profesión de riesgo.
Durante "Saber Guardian 25," 450 militares y 130 vehículos formaron parte de una misión que no solo es vital a nivel estratégico, sino que también habilita la mejora de capacidades operativas en entornos complejos. Las Fuerzas Armadas españolas entrenan junto a ejércitos de otros países, enfrentando riesgos y desafíos que van mucho más allá de un simple simulacro. La exposición a situaciones peligrosas y el sacrificio personal son parte integral del trabajo que realizan.

Sin embargo, este sacrificio se lleva a cabo en un contexto en el que muchos de esos hombres y mujeres se encuentran con una realidad laboral incierta. Tras años de servicio, enfrentan dificultades que impactan directamente su futuro. Pronto serán despedidos.

La Cruda Realidad Laboral
Para muchos miembros de la tropa y marinería, el horizonte es sombrío. Tras dedicar más de 20 años a la defensa de su país, muchos se ven obligados a abandonar el servicio activo al llegar a los 45 años contra su voluntad, debido a las limitaciones impuestas por el sistema. Este hecho crea una sensación de injusticia entre los militares de tropa que han entregado gran parte de su vida al servicio a la nación, solo para ser desechados cuando alcanzan una edad donde aún podrían aportar valor, por ejemplo en "APOYO A LA FUERZA" como hacen los cuerpos de seguridad en España.

A diferencia de los cuerpos de seguridad como la Guardia Civil o la Policía Nacional, que tienen la posibilidad de continuar trabajando en roles de "Apoyo a la Fuerza," los militares de  tropa no cuentan con esa opción. Esta falta de alternativas laborales genera frustración y descontento interno, ya que muchos de estos soldados no solo carecen de oportunidades laborales en el ámbito de la seguridad, sino que deben lidiar con la transición forzosa a la vida civil en un entorno laboral complejo y competitivo.

Una Solución Urgente
Es imperativo que se realice una revisión de las políticas que rigen la vida laboral de los militares de tropa y marinería en España. La implementación de programas de reintegración laboral, así como la posibilidad de continuar en labores de apoyo, podrían generar un cambio significativo en sus vidas. No solo es una cuestión de justicia, sino de reconocer y valorar el sacrificio y la dedicación de aquellos que han servido a la nación.

Conclusión
La movilización militar en ejercicios como "Saber Guardian 25" es un recordatorio del compromiso de los soldados españoles con la paz y la seguridad internacional. No obstante, es esencial también poner en el centro del debate las condiciones laborales de estos hombres y mujeres, quienes, a pesar de su sacrificio, enfrentan un futuro incierto. Garantizar un trato justo y oportunidades significativas no solo es una obligación ética, sino también una forma de honrar a quienes han entregado su vida al servicio de España.

#SoldadosAbandonados







15/01/26

precariedad laboral, falta de reconocimiento y una sangría constante de militares profesionales formados durante años #SoldadosAbandonados treintaceroseis.blogspot.com

Escucha Español, la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, ha sufrido diversos incumplimientos por los responsables del Ministerio Defensa.

1. Formación y Capacitación
2. Cumplimiento de los Compromisos de Larga Duración sin estabilidad laboral
3. Promoción Interna
4. Derechos Socioeconómicos

La Directiva 1999/70/CE establece que los contratos de duración determinada deben estar justificados por razones objetivas y los responsables de Ministerio de @Defensagob la incumplen. No existe ninguna razón objetiva que justifique la contratación temporal de militares por períodos de 20 años.



Contra los despidos de tropas en las FUERZAS ARMADAS 

La conciliación de la vida profesional, personal y familiar” es una necesidad del personal militar y sus familias:

Establecer un procedimiento uniforme de seguimiento y evaluación de las medidas de conciliación que contabilice las diferentes medidas de conciliación existentes y el número de militares acogidos a alguna medida de conciliación, con la finalidad de facilitar la evaluación en su conjunto de la eficacia de las distintas medidas, valorando la complejidad de su aplicación en las Fuerzas Armadas.

Utilizar los datos de conciliación, que con carácter recurrente se dispone del ejercicio de este derecho, a los efectos de proceder al aumento y estabilidad de las plantillas de las FAS, no sólo en la rotación obligatoria y reposición de efectivos, sino también en dotar las plazas necesarias para amortiguar el impacto del ejercicio de este derecho en las diferentes unidades, especialmente en las unidades de la Fuerza.
 

Aumentar las actividades informativas y de formación en materia de conciliación, dirigidas a todo el  personal de las FAS, con el objetivo de mejorar el conocimiento de la legislación y concienciar al personal sobre la necesidad y condiciones para la concesión de las distintas medidas de conciliación familiar. Entre dichas medidas, dar la máxima difusión a la «Guía de Conciliación» de DIGENPER, así como dar mayor visibilidad al Observatorio Militar de la Igualdad, que es el organismo al que se pueden realizar consultas individuales sobre conciliación.
 

Estudiar la posibilidad de conceder medidas de conciliación, por hijos menores de edad ampliando el límite de la edad a los 16 años, debido a que las necesidades del menor pueden ser las mismas.
 
Que en los casos de traslado, se facilite el derecho a vivienda en el nuevo destino, con alquileres por debajo del precio de mercado en las proximidades, además de derechos preferentes en los programas de viviendas públicas impulsados por las distintas Administraciones. También se puede considerar que la ayuda del INVIED, u otras que procedan, se amplíen en el tiempo y en la cuantía.
 

Facilidades para escolarizar a los hijos durante los traslados, posibilidades de matricular al hijo fuera de los plazos normales, sin estar restringido por los calendarios autonómicos, o de que el colegio o instituto genere plazas extras si se produce un traslado en periodo que no permitió la matriculación en tiempo oportuno.
 

La regulación normativa del derecho a la conciliación debe respetar las disposiciones legales y reglamentarias básicas en las que se regula. Ello supone que la concreción de ese marco legal por cada ejército debe hacerse desde el más riguroso respeto del mismo, evitando que, a través de normativa de cada uno de ellos, se construya un marco normativo singular que suponga modificaciones sustanciales y que pueda dar lugar a aplicaciones singularizadas y específicas que no tienen cobertura normativa.
 

Como elemento esencial para la plena efectividad del derecho a la conciliación conjugado con la operatividad de las unidades resulta imprescindible el aumento de las plantillas y la integración de este derecho en la planificación estratégica y operativa con redimensionamiento al alza de las capacidades de personal de las Fuerzas Armadas.
 

Incremento de órganos de apoyo a las familias, de su actividad, de sus medios, presupuestos y de su capacidad de interlocución real con las familias de los mi­litares. Las OFAP pueden ser un órgano que, con las adaptaciones necesarias, pudiera servir de punto de información para los miembros de las Fuerzas Armadas y de sus familias.
 


Deben implementarse medidas para relocalizar el trabajo, teletrabajo y jornada reducida semanal, estando atentos a las medias que se puedan adoptar en el ám­bito de la Función Púbica de la Administración del Estado y valorar el denominando «trabajo comprimido», que permite trabajar más horas en menos día.


En materia retributiva, aumentar significativamente las retribuciones de los miem­bros de las Fuerza Armadas, retribuyendo servicios y guardias y establecer ayu­das específicas para quienes pueden demandar medidas de conciliación. Al mismo tiempo, establecer una compensación económica de quienes no disfrutan de las medidas de conciliación, para premiar su sobreesfuerzo y plena disponibilidad, o gratificar de alguna forma la realización de servicios.
 

Modernizar la regulación del marco legal regulador de la Movilidad Geográfica en consonancia con recomendaciones ya realizadas por el Observatorio de la vida militar.
 

Modificación de marco normativo para que las familias en las que ambos progeni­tores sean militares sean consideradas como un bloque familiar a la hora de asig­nación de destinos y tendrán prioridad para cumplir las condiciones de embarque o destino.
 
Creación de Planes familiares que contengan programas de apoyo a todo tipo de familias, que esté dotado presupuestariamente, y que se individualicen en función de las circunstancias de cada familia.
 

Establecer vías de colaboración entre el Ministerio de Defensa, Comunidades Autónomas y Administraciones locales en materia de conciliación, educación, vi­vienda, movilidad geográfica, empleo, etc. como consecuencia de entender que la Defensa compete a todas las Administraciones y a la sociedad. Lo que se ha de traducir en medidas concretas que mejoren los derechos y la vida de los militares y de sus familias.
 

Extensión a todos los Ejércitos de jornada semanal que permita concentrar el tra­bajo y el servicio en las unidades de martes a jueves, con las especificidades de cada situación y las características de la unidad.
 

Llevar a cabo un seguimiento constante de las leyes de familia dictadas por las Comunidades Autónomas y por el Estado e implementar su contenido a la norma­tiva militar que se vea afectada.
 

En general, no hay problemas en la aplicación -en el reconocimiento de los dere­chos- derivados de las medidas aplicables en materia de conciliación. Las medidas de conciliación son vistas como un derecho, como una conquista muy positiva, en el trabajo de nuestros militares, y como tal, se organizan actividades diver­sas en las diferentes bases, como conferencias y/o actividades formativas para dar a conocer las medidas de conciliación entre los miembros de las FAS. Deben continuarse estas dinámicas informativas que permitan conocer el derecho a la conciliación, su aplicación práctica y su gestión administrativa
 

La mejora de las soluciones habitacionales en las bases o acuartelamientos, como soluciones para la residencia de los militares y sus familias ante un cambio de destino, aunque puede verse y se conceptúa como una buena solución a corto plazo, puede plantear problemas serios a corto o medio plazo por concentrarse la residencia de la familia o del militar -si no traslada consigo a su familia- en el propio lugar de trabajo. Nos referimos a falta de integración en la sociedad civil, potenciales resoluciones complejas de derecho de familia o de violencia de género y su impacto en el colectivo, la potencial creación de guetos y la falta de intimidad, entre otros aspectos.
 

Es necesario cambiar la óptica de visión de estas medidas de conciliación. Se debería, en cada caso realizar una valoración de las necesidades e impacto en la vida familiar del militar que se somete a conciliación, de forma que se modificase la óptica, pasando de derechos individuales a necesidades familiares, potenciando la realidad familiar y fomentando la mejora de las necesidades personales en fun­ción de las circunstancias objetivas. Las OFAP serían órganos ideales para poder atender esa visión global.
 


Cabe mencionar que también trata otros temas de gran importancia para el personal como pueden ser las retribuciones, la movilidad o las medidas aprobadas dirigidas a la promoción profesional del personal militar de tropa y marinería y a facilitar la reinserción en el ámbito civil.

Otras recomendaciones que realiza el OVM.

EN EL ÁMBITO DE LOS EFECTIVOS DE PERSONAL

En el ejercicio que abarca este informe, el personal militar en situación administrativa de servicio activo ha disminuido respecto del ejercicio anterior en algo más de 1.700 efectivos. 

Por otra parte, en otras situaciones administrativas diferentes al servicio activo y reserva se encuentran 5.127 efectivos (Servicios especiales, excedencia y servicio en administración civil). Si, finalmente, consideramos que hay 3.452 militares en situación de servicio activo pero «aptos con limitaciones» (APL), supone que 10.888 militares no están disponibles para realizar todas las misiones asignadas a los componentes de las FAS. 

Desde el año 2010, en que los efectivos totales de las FAS en situación de servicio activo eran de 130.039, los efectivos han disminuido en un 12%, mientras las estructuras del MINISDEF y el grado de exigencia han aumentado. 

De las entrevistas realizadas por el OVM a las diferentes unidades de las FAS se desprende que las carencias de personal de todas las categorías se va incrementando aunque el grado de exigencia y disponibilidad permanece o aumenta. Sería oportuno la realización de un estudio sosegado sobre los efectivos y las necesidades de los mismos, a todos los niveles.
 

En la actualidad, hay personal militar en situación de reserva ocupando un destino, percibiendo las mismas retribuciones que el militar en servicio activo (un 6,72% del personal en reserva), y personal militar en reserva sin ocupar destino, en la que percibirá las retribuciones básicas y un complemento de disponibilidad en virtud del empleo que se ostente, siempre inferior a las remuneraciones del personal en situación de servicio activo o de reserva con destino. 

Teniendo en cuenta la disminución de efectivos apuntada en el apartado anterior y la disminución de las remuneraciones cuando no se ocupa un destino en la situación administrativa de reserva, parece adecuado identificar y dar la posibilidad de ocupar más puestos a ese personal. 

En todo caso, se recomienda que en esos puestos se haga aprovechamiento de la experiencia y conocimientos de ese personal y que en ningún caso sea en detrimento del personal en situación de servicio activo.
 


EN EL ÁMBITO DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LAS FAS INICIATIVAS Y QUEJAS

Transcurridos diez años de la aprobación de la LO 9/2011 y de la entrada en vigor del procedimiento para la presentación y gestión de las iniciativas y quejas del personal de las FAS, parece adecuado que las autoridades y organismos implicados en las mismas realicen un estudio de los resultados de las presentadas hasta el momento, haciendo especial hincapié en los plazos disponibles para la adopción los acuerdos de cada una de ellas.
 

Este OVM ha recibido información sobre la iniciativa del Ejército de Tierra sobre la difusión de las iniciativas y quejas resueltas aprovechando la WISE. Parece adecuado que el resto de autoridades y organismos estudien la posibilidad de aplicar el mismo procedimiento en el ámbito de su competencia, para facilitar la difusión de los acuerdos adoptados y evitar la reiteración o duplicación de las mismas.
 

CONSEJO DE PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

Continuar desarrollando las previsiones del artículo 44 de la Ley Orgánica 9/2011, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, sobre los medios proporcionados a las asociaciones profesionales de las Fuerzas Armadas para el adecuado desarrollo de sus cometidos.
 

Para que una asociación profesional forme parte del Consejo de Personal, deberá acreditar los porcentajes de afiliados previstos en el artículo 48.2 de la LO 9/2011, de acuerdo con los datos que figuren en la declaración responsable anual que formule.

El término «declaración responsable», mencionado en el artículo 36.7 de la LO 9/2011 se concreta en el artículo 69 de la Ley 39/2015, «Declaración responsable y comunicación», determinando que el interesado que la realiza debe disponer de la documentación que acredite el contenido de la misma, debiendo poner dicha documentación a disposición de la Administración cuando sea requerida.

Ese mismo artículo establece que «Las Administraciones podrán requerir en cualquier momento que se aporte la documentación que acredite el cumplimiento de los mencionados requisitos y el interesado deberá aportarla.» Por otra parte, la Orden DEF/670/2022, de 7 de julio, por la que se establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, relaciona directamente el importe de la subvención concedida al número de personal asociado incluido en la declaración responsable.

Parece oportuno articular un procedimiento para la verificación de las declaraciones responsables de las asociaciones profesionales, conforme a la Ley 39/2015, que proporcionará transparencia, equidad y rigor a la concesión de las subvenciones.
 

La participación de las asociaciones profesionales en la producción normativa del Ministerio de Defensa no está regulada en la normativa en vigor, por ser ésta previa a la Ley Orgánica 9/2011. Parece llegado el momento de actualizar el procedimiento de producción normativa incluyendo los cometidos y el momento de la intervención de las asociaciones profesionales en el mismo.
 

EN EL ÁMBITO DE LAS CONDICIONES DE VIDA DE LAS UNIDADES

No se han apreciado cambios en la situación apuntada por el OVM en el año 2.022.

Se mantienen en la actualidad la gran mayoría de las deficiencias que fueron observadas en las infraestructuras de las condiciones de vida de las unidades militares visitadas. Merece especial atención el deterioro de las instalaciones de vida y alojamientos de los militares de tropa y marinería en la Base Aérea de Zaragoza.
 

Se hace necesario incrementar los recursos económicos dirigidos a la construcción de nuevas infraestructuras relacionadas con las condiciones de vida en las unidades, buques y acuartelamientos, fundamentalmente alojamientos y residencias logísticas, así como al adecuado mantenimiento y modernización de las instalaciones y servicios de las infraestructuras ya existentes.
 

En el ámbito de las Oficinas de apoyo al personal (OFAP), el OVM ha podido confirmar durante sus visitas que las carencias siguen siendo las mismas. (Se reiteran las recomendaciones de la Memoria- Informe del OVM para 2021)
 

Aumentar el número de personal de las diferentes OFAP, para que puedan asumir todos los cometidos que tiene asignados, manteniendo la cualificación y formación que tienen los actuales componentes. Se considera adecuado que entre sus componentes se incluyan a los Cabos Mayores, por su experiencia y conocimiento de las vicisitudes del personal de tropa y marinería.


Mejorar la dotación de medios informáticos de las OFAP, modernizando y aumentando los actuales, y facilitar el acceso a internet y la intranet en todas las oficinas.


Dotar de pantallas que faciliten la difusión de la información de interés general disponible en la OFAP, en los lugares de vida y tránsito de las UCO en que no existan.
 

EN EL ÁMBITO DE LA ENSEÑANZA

Tiene especial importancia el estudio de las motivaciones del personal que solicita la baja en la Enseñanza Militar de Formación. El número total de bajas del año 2022 (70 alumnos de la Escala de Oficiales y 50 de la de suboficiales) y la tendencia de los últimos años parecen indicar un grave problema que es necesario identificar, evaluar y resolver.
 

En este informe, el OVM ha retomado su interés por la Enseñanza Militar y ha solicitado información sobre las evaluaciones de la calidad de la enseñanza. Parece adecuado que, siendo de su competencia, el OVM reciba las conclusiones de las evaluaciones externas ordinarias y extraordinarias, desagregadas por cada centro evaluado, así como las conclusiones de los informes.
 

EN EL ÁMBITO DE LAS EVALUACIONES

Anualmente, un 10% del total del personal de las FAS se encuentra sujeto a evaluación en alguno de los procesos en que se requiere (Ascenso, acceso a un curso, cambio en la relación con la administración, etc). La normativa referida a dichas evaluaciones debe tener estabilidad, máxima transparencia y credibilidad en la organización. Al objeto de consolidar estas características, se recomienda el estudio de la posibilidad de mantener la vigencia de la normativa al menos durante la vigencia de las plantillas reglamentarias.
 

El número del personal militar que renuncia a la evaluación, de los diferentes tipos, se está incrementando en los últimos ejercicios. Se recomienda realizar un estudio detallado, en cada Ejército, la Armada y los Cuerpos Comunes, sobre los motivos de la renuncia a la evaluación y, en consecuencia, al ascenso.
 

EN EL ÁMBITO DE LA MOVILIDAD Y LOS DESTINOS

Plan Integral. No existe un Plan integral que defina el problema de la movilidad geográfica de los militares y desarrolle medidas integrales de apoyo a los militares y a sus familias, y sólo existen medidas de apoyo inconexas y limitadas. Dentro de las medidas de apoyo actuales se encuentran la compensación económica a las necesidades de vivienda, las ayudas en los transportes, las residencias militares y la indemnización de determinados traslados de residencia.
 

Las instalaciones de los ALM y RLM responden a una problemática más antigua de la que se presenta hoy en día, que exige un mayor número de plazas y unas instalaciones nuevas y más modernas. Esta solución no es factible a corto plazo ya que es necesario disponer de recursos económicos suficientes y los tiempos de construcción de nuevas instalaciones son bastante largos y plantea la cuestión de si la solución es realmente ésta o la de que los militares dispongan, siempre que se desplacen con su familia, de un complemento retributivo que potencie la movilidad familiar.
 

El informe específico del OVM para el año 2023 será el de «la movilidad geográfica de los militares». Si bien no se dispone de datos actualizados que permitan determinar el grado en que todos los factores mostrados en esta memoria- informe afecta a la movilidad del militar y por lo tanto en cómo condiciona su carrera, es imprescindible realizar una encuesta entre los militares que permita conocer la magnitud del problema y la influencia que estas situaciones tienen en la movilidad, de modo que se pudieran plantear soluciones orientadas a resolverlas.
 

Indemnizaciones por razón del servicio. Las cuantías llevan sin actualizarse desde 2005 por lo que son claramente insuficientes (determinadas por Resolución de 2 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, por la que se hace público el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de diciembre de 2005, por el que, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición final cuarta del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, se revisa el importe de las dietas en territorio nacional establecidas en su anexo II). 

Procedería su revisión y actualización inmediata. Con los actuales importes las indemnizaciones del grupo 1 sólo son suficientes para alojarse en hoteles de 3 estrellas cuando se percibe la totalidad de la dieta. La media de las tarifas de los hoteles siempre está por encima de las indemnizaciones del grupo 2 que sólo puede optar a los hoteles que facturen por debajo de la media o a hostales. 

A día de hoy, la tarifa media de los hoteles y hostales siempre están por encima de las cuantías de las indemnizaciones del grupo 3 (MTM), lo que es muy preocupante ya que el personal cada vez asiste a más cursos y reuniones. 

Estando los militares sometidos a una especial movilidad sería conveniente desligar las cuantías de las indemnizaciones por razón del servicio de las del resto de la Administración General y adecuarlas a la realidad económica.
 

EN EL ÁMBITO DE LAS SALIDAS PROFESIONALES

Continuar con el seguimiento de las acciones que se concretan en el informe aprobado por la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, donde se recogen cuarenta medidas dirigidas a la promoción del personal militar de tropa y marinería. Considerándose conveniente la realización de un estudio y elaboración de un informe sobre los resultados prácticos de la labor realizada, en especial, sobre el cumplimiento, por parte de las Administraciones Públicas, de la obligación de, en las convocatorias para cubrir puestos de trabajo, reservar al personal procedente de los ejércitos, las plazas comprometidas.

EN EL ÁMBITO DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FAS

La pérdida de personal civil administrativo está acarreando graves problemas que se ven reflejados en un descenso y empeoramiento de la calidad del servicio prestado a los afiliados. En concreto en la CC.AA. de Madrid, donde más del 50% del personal civil es personal laboral, y se ha visto disminuida su cobertura en casi un 50%. Fruto de este descenso en la calidad y cantidad de personal, es el considerable la pérdida de capacidades. Se recomienda que se gestione la reposición de este personal o cubrir los puestos imprescindibles con personal militar en situación de reserva.
 

EN EL ÁMBITO DE LAS RETRIBUCIONES

La Ley Orgánica 9/2011, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, en el artículo 25, relativo a las retribuciones, dispone: «El sistema retributivo de los militares, incluidas las retribuciones diferidas, y el régimen de indemnizaciones por razón del servicio son los de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado adaptados a las características de las Fuerzas Armadas, a las peculiaridades de la carrera militar y a la singularidad de los cometidos y funciones que tienen asignados. 

El Gobierno procederá a efectuar las citadas adaptaciones cuando sean necesarias. Por medio de las retribuciones complementarias se atenderán las características del ejercicio de la profesión militar, especialmente la responsabilidad, los diferentes grados de disponibilidad, el horario, la preparación técnica y las singularidades de determinados cometidos». 

Por su parte, en el preámbulo, del Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, se reconoce que: «Los miembros de las Fuerzas Armadas están sujetos a un régimen de personal que implica unas especiales circunstancias y servidumbres en su desempeño profesional, al desarrollar sus funciones en el ámbito de la seguridad y defensa. 

Su cometido, que en ocasiones se desarrolla bajo condiciones de penosidad física y riesgo personal, requiere de una disponibilidad para el servicio y de una movilidad que imponen restricciones a su vida personal y a la de sus familias. Por ello, contar con unas Fuerzas Armadas profesionales y justamente retribuidas es uno de los objetivos del Gobierno». 

En definitiva, estos textos normativos, como otros que les precedieron, vienen a proclamar que la disponibilidad permanente del militar para el servicio, la movilidad geográfica a que se encuentra necesariamente sometida su trayectoria profesional, y los especiales ámbitos de peligrosidad en que se desarrolla su actividad, constituyen características esenciales de la carrera de las armas que deben ser tenidas en consideración a efectos retributivos. 

Sin embargo, pese a estas declaraciones, lo cierto es que estas especiales singularidades que caracterizan la carrera militar no se materializan en las adaptaciones retributivas pretendidas y exigidas por la ley, sino que, antes al contrario, las retribuciones de los militares han quedado ya desde hace tiempo superadas por el devenir salarial de la sociedad civil y, especialmente, por el sistema retributivo del resto de los empleados públicos del Estado (como pudieran ser los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado). 

Las retribuciones de los militares han quedado profundamente desfasadas Por ello, se hace necesario acometer de forma definitiva una reforma del sistema retributivo de los miembros de las Fuerzas Armadas para adaptarlo a su cualificación profesional y a las especiales características de sus puestos de trabajo, así como a los niveles salariales de la sociedad civil y de los demás empleados públicos. 

No obstante, lo anterior, y como acción inmediata, debiera procederse a la creación de un concepto retributivo para el abono de las guardias, instrucciones continuadas y otros servicios extraordinarios, que, excediendo de la jornada ordinaria de trabajo, son realizadas por el personal militar como rutina propia de su profesión sin que actualmente tengan un expreso reflejo económico en las retribuciones que percibe. 

No obstante, la regulación de este concepto retributivo deberá tener en cuenta los períodos de descanso legalmente previstos para estos concretos tipos de servicios y su compatibilidad con la percepción económica en que consista. 

De igual manera, y por constituir la reserva una situación específica y obligatoria del personal militar que no tiene paralelo en el régimen estatutario del empleado público, y al objeto de equiparar los niveles retributivos de unos y otros, debiera procederse a las actualizaciones de las retribuciones que percibe el personal en reserva, incrementándose el complemento de disponibilidad para el personal en situación de reserva que no ocupe destino.
 

Conforme con el artículo 3.3 del citado Real Decreto 1314/2005, «…

El componente singular es la parte del complemento específico que retribuye las especiales condiciones en que la unidad de destino desarrolla su actividad, así como, dentro de ella, las particulares condiciones de responsabilidad, preparación técnica, peligrosidad y penalidad del puesto. 

Los puestos podrán tener asignado un componente singular de los establecidos en el anexo IV, que figurará en la correspondiente relación de puestos militares. La percepción de este componente es independiente del empleo del militar que ocupe el puesto». 

Ya en el informe anual del año pasado –recordando lo ya dicho en años anteriores se hizo especial referencia a una doctrina consolidada y constante de los órganos judiciales sobre el derecho del militar a percibir la cuantía del componente singular del complemento específico que tiene asignado el puesto de trabajo que está ocupando interinamente, aunque ostente menor empleo militar al correspondiente a dicho puesto, y, como consecuencia de dicha doctrina, se recomendó que debía la autoridad administrativa competente del Ministerio de Defensa reconsiderar el criterio que estaba manteniendo en esta materia y asumiera que tal criterio no se compadece con la normativa vigente, adoptando las resoluciones que oportunas para remediar la situación creada. Pues bien, como se deja reflejado en el presente informe, en el apartado 2.4 «Recursos jurídicos», los Tribunales de justicia continúan pronunciándose en idéntico sentido durante este año 2022. 

Por ello, debe volver a insistirse en la recomendación que se hizo en el informe anual de 2021, de forma que el Ministerio de Defensa tiene que asumir ya el criterio judicial constante en esta materia y garantizar el derecho del militar a una retribución justa en este supuesto concreto, esto es, a que el componente singular del complemento específico que está asignado a un determinado destino o puesto sea abonado en la misma cuantía, sin modificación alguna, al militar de inferior empleo al previsto para aquel destino o puesto que haya de ocuparlo de forma interina durante un período determinado de tiempo.

#SoldadosAbandonados

treintaceroseis.blogspot.com

11/01/26

NUESTRAS TROPAS Solo nos quedan en España 116.739 efectivos militares y continúan los despidos.





LO ULTIMO sobre nuestras tropas, treintaceroseis.blogspot.com

El MINISTERIO DE DEFENSA español tiene problemas para conseguir reemplazar a los miembros que despide.

Las principales reclamaciones de los militares españoles de tropa y marinería se centran en varios aspectos críticos relacionados con sus condiciones laborales, derechos y bienestar general. A continuación se detallan las más relevantes:

Principales Reclamaciones

  1. Condiciones Laborales y Salario:

    • Mejora Salarial: Exigen un aumento en los salarios, ya que su remuneración es insuficiente en comparación con el volumen de trabajo y el riesgo asociado a sus funciones.
    • Estabilidad Laboral: Solicitan mayores garantías de estabilidad en sus contratos, ya que muchos son temporales, lo que genera incertidumbre.
  2. Mejoras en los Medios y Recursos:

    • Equipos y Material: Reclamaciones para la dotación de equipos modernos y adecuados para ejecutar sus tareas de manera eficiente y segura.
    • Infraestructura: Mejora de las instalaciones y servicios básicos en los cuarteles y bases, así como condiciones de trabajo más dignas.

  3. Derechos y Reconocimiento:

    • Derechos Laborales: Piden el reconocimiento de derechos laborales similares a los de otros sectores, como jornadas laborales más justas y derechos a la conciliación familiar.
    • Respeto y Reconocimiento: Solicitan un mayor respeto y reconocimiento por parte de la sociedad y las instituciones hacia su labor y sacrificio.

  4. Salud y Bienestar:

    • Atención Sanitaria: Exigen un acceso adecuado y eficiente a servicios de salud y bienestar, incluyendo asistencia psicológica.
    • Condiciones Psicológicas: La necesidad de abordar temas de salud mental y estrés, especialmente tras misiones complicadas.

  5. Formación y Desarrollo Profesional:

    • Capacitación: Demandas para acceder a programas de formación y desarrollo profesional que faciliten la promoción dentro de las Fuerzas Armadas.

    • Carrera Profesional: Reclamaciones para que se establezcan sistemas claros de promoción y ascenso.

Estas reclamaciones reflejan una búsqueda de dignificación del trabajo militar y del reconocimiento del papel crucial que tienen en la seguridad del país. Esta plataforma de FAMILIARES, AMIGOS Y SIMPATIZANTES DE LOS MILITARES ESPAÑOLES recomienda que todos los militares se asocien, que elijan la asociación que mejor defienda sus interés, pero que se asocien, para la defensa en conjunto de los interés de los miembros de las FUERZAS ARMADAS como un grupo único.



Solo nos quedan en España 116.739 efectivos y continúan los despidos

- La Inteligencia militar española en manos de Margarita Robles también se debilita en un momento de máxima tensión en Europa. El Ministerio de Defensa permite el 'fichaje' de militares, incluidos del Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas (cifas), por el CNI. Al contrario de lo que sucede con las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y la Guardia Civil ponen muchos inconvenientes desde hace algún tiempo a que sus agentes engrosen las filas del CNI.

- Interesante articulo de la ATME 
el «voto militar» puede decidir la gobernabilidad de Aragón


- El Ministerio de Defensa y el colmo de lo absurdo.
Nuestros militares son despedidos al cumplir 45 años, se prescinde de profesionales con mas de 20 años de experiencia en el servicio, debilitando la estructura de las FUERZAS ARMADAS y confiado la seguridad nacional a la suerte, el voluntariado o la inmigración. Con contratos temporales.



- El Consejo de Ministros ha aprobado una inversión de 119,78 millones de euros para el suministro de munición calibre 12,70 X 99 milímetros para las Fuerzas Armadas. El Gobierno España ha cancelado contratos con firmas israelíes en defensa valorados en 12 millones de euros y los ha tenido que indemnizar provocando un gasto innecesario y absurdo de fondos públicos, parece ser que los funcionarios del El cuerpo de funcionarios que fiscaliza los contratos públicos, son el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado (CSIAE). Estos funcionarios dependen funcionalmente de la Intervención General de la Administración del Estado y su función principal es supervisar y controlar la gestión de las entidades públicas, garantizando la transparencia, eficiencia y legalidad en el uso de los recusos públicos y son cómplices de este despilfarro injustificado de dinero público de todos los Españoles.

- La ministra de Defensa, Margarita Robles, ha asistido a la reunión de ministros de Defensa de la Unión Europea en Bruselas, donde ha destacado la importancia de la unidad de todos los países de la Unión Europea para seguir apoyando a Ucrania.

- El Ejército de Tierra español ha estrenado un nuevo simulador de vuelo.

- La Armada de Chile ha realizado un ejercicio de interdicción marítima en la Unidad de Seguridad de Canarias. ³

- Actualmente, España cuenta con un 8,55% de mujeres militares en operaciones de mantenimiento de la paz bajo el marco de la UE, OTANNaciones Unidas pero relegándolas en acciones de combate en primera línea, y en 2021, las mujeres representaban el 12,9% del total de efectivos de las Fuerzas Armadas, cifra que refleja un avance significativo desde la incorporación de la mujer en 1988 mediante el Real Decreto 1/1988, pero que refleja una minoría en en el total de las FUERZAS ARMADAS. los bajos sueldos, el sacrificio humano y la temporalidad de los empleos, son temas que la Ministra rehúye enfrentar y que impiden que muchas mujeres accedan a la carrera militar en España

















ATME denuncia nuevamente el «caos retributivo» en Defensa tras la aparición un nuevo incentivo “opaco” en diciembre La Asociación exige transparencia ante el nuevo «Incentivo al Rendimiento» de diciembre, cuya cuantía varía arbitrariamente incluso entre militares de la misma unidad y empleo




Un informe del Congreso insta a equiparar el salario de los militares con el de policías y guardias civiles.

La memoria del Observatorio de la Vida Militar pide mejoras en las condiciones de vida y en la conciliación y ayudas a la movilidad militar.

Los militares que pertenecen a la escala de Tropa y Marinería de las Fuerzas Armadas deberían tener un salario equiparable al de las Fuerzas de Seguridad del Estado (Policía Nacional y Guardia Civil). Esa es una de las recomendaciones que se encuentran en el dictamen que ha aprobado la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados sobre la Memoria-Informe 2023 del Observatorio de la Vida Militar (OMV).

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ASFASPRO
AUME – Asociación Unificada de Militares Españoles
Militares con Futuro
ATME La Asociación de Tropa y Marinería Española
UMT. Unión de Militares de Tropa

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Una reflexión, 

Los problemas asociados a esta escala suelen estar relacionados con las condiciones laborales, la estructura organizativa y las oportunidades de desarrollo profesional. 

Algunos de los problemas más comunes, basándome en información general y análisis del contexto:

Baja progresión profesional:
Los militares de tropa y marinería a menudo enfrentan limitaciones para ascender a categorías superiores (suboficiales u oficiales). Las plazas para promoción interna son escasas, y los requisitos (como pruebas académicas o años de servicio) pueden ser difíciles de cumplir, lo que genera frustración y desmotivación.

En algunos países, como España, los contratos de los militares de tropa tienen un carácter temporal hasta cierta edad (por ejemplo, hasta los 45 años en el caso español, según la Ley de Tropa y Marinería). Esto crea inseguridad laboral, ya que muchos soldados se ven obligados a abandonar el ejército sin una carrera consolidada o sin una transición clara al mercado laboral civil.

Condiciones económicas:
Los salarios de la escala de tropa suelen ser bajos en comparación con otras profesiones, especialmente considerando las exigencias físicas, los riesgos y la disponibilidad requerida. Esto puede desincentivar la permanencia en el servicio.

Falta de reconocimiento:
Los militares de tropa a menudo sienten que su trabajo no está suficientemente valorado, tanto en términos sociales como dentro de la propia estructura militar, donde los rangos superiores tienden a recibir mayor atención.

Formación y reciclaje profesional:
La formación proporcionada a la tropa puede ser insuficiente para garantizar su empleabilidad fuera del ámbito militar una vez finalizado su compromiso. Esto es especialmente crítico para quienes no logran consolidar una plaza permanente.

Desgaste físico y psicológico:
Las exigencias físicas y las misiones de alta presión (como despliegues internacionales) pueden generar problemas de salud física y mental, con un apoyo psicológico que a veces no es adecuado.

Falta de plazas permanentes:
En algunos ejércitos, la estructura de la tropa está diseñada con un enfoque en la temporalidad, lo que limita las oportunidades de obtener una plaza fija, generando incertidumbre laboral a largo plazo.

Desigualdad con otras escalas:
Los militares de tropa suelen percibir diferencias significativas en el (tratamiento) y oportunidades respecto a los suboficiales y oficiales, lo que puede generar tensiones internas.

Contexto adicional:
En el caso de España, por ejemplo, la Ley 8/2006 de Tropa y Marinería ha sido objeto de críticas por parte de asociaciones de militares, que señalan que no aborda adecuadamente la estabilidad laboral ni la promoción profesional. Las reformas recientes han intentado mejorar la formación y las salidas laborales, pero persisten desafíos 
estructurales.

Imaginemos que mañana no tenemos #soldados y #oficiales y #suboficiales tuvieran que realizar sus funciones mientras vigilan a los jóvenes inexpertos obligados contra su voluntad a realizar un servicio militar que no quieren hacer ??? Tal vez el Generalato debiera abrir los ojos y hablar con nuestros adormecidos políticos. ¿no? #SoldadosAbandonados treintaceroseis.blogspot.com  

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Otra reflexión.

Los ejércitos más avanzados de la tierra, tratan a sus soldados mediante un enfoque integral que combina entrenamiento, desarrollo profesional y protección. 

En España miles de militares españoles de Tropa y Marinería se enfrentan a un despido forzoso a los 45 años debido a una ley de 2006 que estableció contratos temporales de larga duración. Tras mas de 20 años de servicio continuado, estos efectivos serán expulsados de las Fuerzas Armadas sin indemnización, sin pensión, sin cobertura social, y sin que se hayan cumplido las promesas del gobierno de acreditar ni documentar su formación, ni homologar sus títulos ó buscarles acomodo en otros cuerpos policiales para facilitar su reinserción laboral.

Cientos de militares españoles de Tropa y Marinería se enfrentan a un "despido forzoso" a los 45 años debido a una absurda ley de 2006 que estableció contratos temporales de larga duración. Tras mas 20 años de servicio, estos efectivos serán expulsados de las Fuerzas Armadas sin que se hayan cumplido las promesas del Gobierno de España de acreditar ni documentar su formación, homologar sus títulos y favorecer el acceso en cuerpos policiales para facilitar su reinserción laboral fuera de las FUERZAS ARMADAS.

Los militares denuncian que esta situación deja desprotegidos a unos 18.000 efectivos en la próxima década y priva a los ejércitos de personal experimentado que podría seguir prestando servicio en puestos que no requieren estar en primera línea. Sin embargo, el Ministerio de Defensa alega que la temporalidad es necesaria para mantener la operatividad de las Fuerzas Armadas, algo a todas luces absurdo.

Ante esta situación, los militares afectados han denunciado a los responsables del Ministerio de Defensa ante los tribunales reclamando sus contratos de larga duración, pero la Ministra de Defensa Margarita Robles se resiste a entregar dicha documentación. Las asociaciones militares exigen medidas para solucionar este problema, pero por el momento el Presidente del Gobierno no ha dado pasos significativos más allá de vagas promesas de planes de orientación laboral.

#SoldadosAbandonados
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Soldados Abandonados

Nueva decepción para quienes más arriesgan en el día a día: la tropa y la marinería.

Es espeluznante continuar leyendo noticias en las que los responsables del Ministerio de Defensa español humillan a la escala bá...