14/07/25

¿Sabías que se están utilizado militares de tropa y marinería en funciones de empleados públicos… sin darles el derecho al estatuto de los trabajadores ni derechos laborales ni de funcionarios? Esto no es solo injusto. Es inconstitucional. #SoldadosAbandonados



#SoldadosAbandonados

Los derechos de los militares de tropa y marinería: Un incumplimiento constitucional que exige reforma en el Ministerio de Defensa.
  
La situación de los militares de tropa y marinería en España evidencia una grave vulneración de los principios constitucionales y laborales, requiriendo una revisión urgente de las políticas del Ministerio de Defensa. A continuación, se detallan los fundamentos legales, ejemplos prácticos y acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de la ley.  

1. Marco legal incumplido
La Constitución Española (CE) y la jurisprudencia establecen derechos irrenunciables para todos los empleados públicos, incluyendo a los militares de tropa y marinería:  

Artículo 14 CE: Prohíbe la discriminación por razón de empleo o condición.  
Artículo 9.3 CE: Obliga a los poderes públicos a garantizar la igualdad real y efectiva.  
Artículo 23.2 CE: Derecho a acceder a la función pública en condiciones de igualdad, mérito y capacidad.  
Artículo 103.3 CE: Exige que el estatuto de los funcionarios se rija por mérito y capacidad.

Legislación específica:  

Ley 39/2007 (Carrera Militar): No prevé la equiparación de derechos laborales con los funcionarios civiles, pese a desempeñar funciones similares.  
Ley 17/1999 (Régimen del Personal Militar Profesional): Omite garantías laborales equivalentes a las de otros empleados públicos.

2. Ejemplos de discriminación

Temporalidad laboral: Militares de tropa con más de 20 años de servicio en labores administrativas, logísticas o de seguridad ciudadana (como misiones UNPROFOR o operaciones como Plaza en Cataluña) carecen de estabilidad contractual.  

Derechos laborales: No acceden a jubilaciones anticipadas, promoción interna o indemnizaciones por despido, a diferencia de funcionarios civiles en puestos equivalentes (ej.: administrativos en Delegaciones de Defensa).  

Jurisprudencia relevante: Sentencias del Tribunal Supremo (STS 123/2020) han declarado la improcedencia de tratar como “personal eventual” a quienes desempeñan funciones permanentes.

3. Acciones exigidas al Ministerio de Defensa
Para corregir esta situación, se proponen medidas concretas:  

Reforma legislativa: Modificar la Ley 39/2007 para reconocer la carrera administrativa de militares en puestos civiles, otorgándoles el estatuto de funcionario.  

Reconocimiento retroactivo: Regularizar la situación de quienes hayan superado periodos de prueba equivalentes (ej.: 5 años en funciones administrativas).  

Fiscalización externa: Que el Defensor del Pueblo o la Inspección de Trabajo evalúen los casos de precariedad.

4. Preguntas a las autoridades
Las siguientes interpelaciones buscan respuestas precisas:  

@AngelOlivares (Secretario de Estado de Defensa):“¿Qué medidas tomará para eliminar la temporalidad abusiva en los contratos de tropa y marinería, en cumplimiento del Artículo 23 CE? Exigimos un cronograma con plazos concretos.”  

@EjercitoTierra (Jefe del Estado Mayor):“¿Cómo justifica que soldados con décadas de servicio en labores administrativas no tengan acceso a la promoción interna, vulnerando el Artículo 103.3 CE?”  

@ArmadaEspañola (Almirante Jefe de la Armada):“¿Por qué la Armada no aplica el principio de igualdad (Art. 14 CE) al asignar salarios inferiores a los de funcionarios civiles en puestos equivalentes?”


Conclusión
La actual situación no solo es injusta, sino inconstitucional. Exigimos:  

Equiparación de derechos para quienes realizan funciones de empleado público.  
Transparencia en los procesos de selección y promoción.  
Compromiso escrito del Ministerio para resolver estos casos en 2024.

#SoldadosConDerechos | #CumplanLaConstitución  

Fortalecimientos clave:

Enfoque jurídico: Se citan artículos concretos y sentencias para sustentar las demandas.  
Propuestas viables: No solo se denuncia, sino que se plantean soluciones (reforma legal, fiscalización).  
Tono institucional: Evita generalizaciones (“dar la espalda”) y se centra en vulneraciones objetivas.  
Ejemplos reales: Menciona operaciones específicas y contrasta con derechos de funcionarios civiles.

Dignidad y respeto a nuestros militares de tropa y marinería, basta de  #SoldadosAbandonados


#SoldadosAbandonados es una PLATAFORMA DE FAMILIARES Y AMIGOS DE LOS MILITARES ESPAÑOLES 

treintaceroseis.blogspot.com

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